ASAMBLEA APRUEBA NUEVAS REGLAS PARA DELIVERY, SCOOTERS Y COMPETENCIAS DE TRÁNSITO

La Asamblea Nacional aprobó este jueves 3 de septiembre un paquete de reformas a la Ley de Tránsito y Seguridad Vial que introduce nuevas reglas para motociclistas que trabajan en delivery, vehículos de micromovilidad, radares y la administración municipal del tránsito.

El proyecto obtuvo 87 votos favorables, principalmente de ADN, Pachakutik y legisladores independientes. La Revolución Ciudadana se abstuvo y cuestionó que la propuesta tenga un enfoque centralista. 

El texto contiene 78 artículos y ahora será enviado al presidente Daniel Noboa, quien podrá sancionarlo, formular observaciones o disponer posteriormente su publicación en el Registro Oficial. Por lo tanto, las nuevas disposiciones todavía no están vigentes

NUEVOS REQUISITOS PARA QUIENES HACEN DELIVERY

Uno de los cambios más visibles afecta a quienes realizan entregas a domicilio utilizando motocicletas.

La reforma establece que deberán:

  • Contar con licencia para conducir motocicletas.
  • Utilizar casco de seguridad homologado.
  • Llevar visible y de forma reflectiva el número de placa tanto en el casco como en el chaleco.
  • Utilizar mochilas o contenedores que no afecten la estabilidad ni oculten placa, luces u otros elementos de identificación.
  • Inscribirse en un nuevo Registro Nacional de Conductores y Vehículos

Quienes incumplan estas obligaciones podrían recibir una multa equivalente al 30 % del Salario Básico Unificado

¿DÓNDE PODRÁN CIRCULAR LOS SCOOTERS Y MOTOS ELÉCTRICAS?

La reforma también incorpora reglas para los denominados vehículos de movilidad personal.

La autoridad nacional deberá establecer su clasificación, características técnicas, límites de velocidad y equipamiento mínimo.

Su circulación estará orientada principalmente a zonas urbanas y desplazamientos cortos. No podrán circular por la red vial estatal, vías perimetrales, autopistas ni por sectores expresamente restringidos por razones de seguridad vial

Los municipios podrán establecer regulaciones adicionales mediante sus respectivas ordenanzas.

MUNICIPIOS SERÁN EVALUADOS EN 180 DÍAS

Otro de los puntos relevantes está relacionado con las competencias municipales de tránsito.

La Agencia Nacional de Regulación y Control del Transporte Terrestre deberá elaborar, dentro de los 180 días posteriores a la publicación de la ley, un informe sobre cómo todos los gobiernos municipales, metropolitanos y regionales ejercen sus competencias en tránsito, transporte terrestre y seguridad vial. 

Si se comprueban irregularidades contempladas en la normativa, el Consejo Nacional de Competencias podría autorizar una intervención e incluso suspender temporalmente determinadas competencias de tránsito

CAMBIOS TAMBIÉN PARA LOS FOTORRADARES

La propuesta prohíbe que empresas privadas que operen sistemas de fotorradares reciban porcentajes o incentivos calculados en función del monto de las multas cobradas.

Además, fortalece las atribuciones de la Policía Nacional para controlar el tránsito en la Red Vial Estatal, corredores arteriales y vías colectoras. 

UNA TERCERA PLACA ELECTRÓNICA

La reforma también contempla implementar una tercera placa electrónica vehicular, adicional a las placas físicas.

Este mecanismo serviría para mejorar la identificación, trazabilidad y control automatizado de los vehículos mediante sistemas interoperables con instituciones estatales. 

TODAVÍA NO ENTRA EN VIGENCIA

Aunque la Asamblea ya aprobó las reformas, todavía falta la actuación del Ejecutivo.

El proyecto será remitido al presidente Daniel Noboa y solo después del procedimiento correspondiente y su eventual publicación en el Registro Oficial podrán entrar en vigencia las nuevas disposiciones. 

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