ANT APROBÓ NUEVAS TARIFAS A NIVEL NACIONAL, AUNQUE EL TARIFARIO PRESENTA INCONSISTENCIAS: CAYAMBE–OTAVALO COSTARÍA USD 1,38

La Agencia Nacional de Regulación y Control del Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial aprobó nuevas tarifas para el transporte público de pasajeros interprovincial e intraprovincial en todo Ecuador.

La medida consta en la Resolución N.° 020-DIR-2026-ANT, expedida el 25 de julio de 2026. El documento establece un ajuste nacional y señala que los valores correspondientes a cada recorrido se encuentran detallados en su Anexo 1. 

De acuerdo con los informes técnicos incorporados en la resolución, la ANT aplicó un Factor de Ajuste Tarifario del 25 % para las dos modalidades. La institución consideró variables relacionadas con los costos de operación y determinó que no existían diferencias técnicas significativas que justificaran porcentajes distintos entre el transporte interprovincial y el intraprovincial. 

Cayambe–Otavalo, uno de los ejemplos del nuevo cuadro

Como uno de los ejemplos de las nuevas tarifas aprobadas, el Anexo 1 fija en USD 1,38 el recorrido entre Cayambe y Otavalo, mientras que el pasaje preferencial queda establecido en USD 0,69

El cuadro registra además otro recorrido entre Otavalo y Cayambe, identificado como vía Cajas y la “Y” de Tabacundo, con un valor de USD 1,44 y una tarifa preferencial de USD 0,72.

Estas referencias permiten dimensionar cómo se aplicaría el ajuste en una de las conexiones más utilizadas entre el norte de Pichincha e Imbabura. Sin embargo, también evidencian la necesidad de aclarar cómo se diferenciarán los trayectos, puntos intermedios y valores cuando las rutas conecten destinos similares.

El contexto para los transportistas

La actualización tarifaria ocurre después de varios años en los que las operadoras han reportado incrementos en sus costos de funcionamiento.

Entre los gastos señalados por el sector se encuentran el combustible, los neumáticos, los repuestos, el mantenimiento preventivo y correctivo, los salarios, los seguros y la renovación de las unidades.

La resolución también menciona los decretos emitidos desde septiembre de 2025 para establecer un mecanismo temporal de compensación económica destinado a los propietarios de vehículos de transporte público, luego de la modificación del precio del diésel automotriz. 

Desde la perspectiva de los transportistas, una actualización de las tarifas permitiría cubrir parcialmente el aumento de los costos y sostener la continuidad de las rutas. No obstante, el porcentaje finalmente aprobado por la ANT fue del 25 %, aunque durante las negociaciones los representantes del sector plantearon la necesidad de una revisión mayor.

El contexto para los usuarios

Para los pasajeros, la medida representa un incremento en el gasto destinado a la movilización cotidiana.

El impacto puede ser mayor para estudiantes, trabajadores y habitantes de comunidades rurales que necesitan tomar más de un bus para llegar a sus centros educativos, lugares de trabajo, mercados o establecimientos de salud.

Aunque el aumento individual de una ruta pueda parecer reducido, su efecto se amplía al considerar los viajes de ida y regreso y el número de desplazamientos realizados durante todo el mes.

La resolución mantiene los valores preferenciales previstos para los grupos establecidos en la normativa. Su aplicación deberá ser informada y controlada para garantizar que los beneficiarios accedan efectivamente a la reducción correspondiente.

Una medida que busca equilibrar dos realidades

La revisión tarifaria enfrenta dos necesidades distintas.

Por una parte, las operadoras requieren ingresos suficientes para cubrir sus costos y prestar el servicio de manera continua. Por otra, los usuarios necesitan tarifas accesibles y un transporte seguro, puntual y de calidad.

El reto de la ANT será garantizar que el ajuste no se limite únicamente al incremento del pasaje, sino que también esté acompañado por evaluaciones sobre la calidad del servicio, el estado de las unidades, las frecuencias y la atención a los pasajeros.

La propia resolución dispone que se analice la calidad del servicio y la percepción de los usuarios como elementos necesarios para evaluar las condiciones del transporte público. 

Observaciones en Cayambe y Pedro Moncayo

Al revisar los registros correspondientes a Cayambe y Pedro Moncayo, se observan rutas y valores que no coinciden plenamente con la operación actualmente conocida en el territorio.

El anexo incluye conexiones desde Cangahua hacia sectores identificados dentro de Pedro Moncayo que no funcionarían como rutas regulares en las condiciones señaladas por el documento. También aparecen valores que serían inferiores a los pasajes que actualmente pagan los usuarios en ciertos trayectos.

Estas diferencias no permiten concluir por sí solas que todo el cuadro sea incorrecto, pero sí generan interrogantes sobre la actualización de la información, la identificación de los recorridos y la forma en que se calcularon algunos valores.

Para los usuarios, esto podría provocar confusión sobre la tarifa que deben pagar. Para las operadoras, podría representar dificultades al momento de aplicar precios oficiales que no coincidan con la ruta o el costo real del servicio.

Situaciones similares aparecen en otras provincias

Las observaciones no se limitarían a Cayambe y Pedro Moncayo. En otras partes del Anexo 1 también aparecen registros en los que las provincias, cantones o localidades de origen y destino requieren una revisión.

Uno de los ejemplos relaciona a Latacunga con Insinliví, pero ubica el destino bajo referencias territoriales que no corresponden claramente con su ubicación conocida. Este tipo de registros podría responder a errores de digitación, clasificación o actualización de la base utilizada para construir el cuadro nacional. 

Al tratarse de un documento que reúne cientos de recorridos, será importante que la ANT informe si realizará verificaciones adicionales y cómo se corregirán los datos que no correspondan con la operación real de cada provincia.

La ANT deberá aclarar la aplicación del tarifario

Frente a estas observaciones, se espera que la Agencia Nacional de Tránsito precise:

  • cómo se construyó y actualizó la base nacional de rutas;
  • qué instituciones, operadoras o autoridades locales participaron en la verificación;
  • cómo se diferenciarán los recorridos que conectan destinos similares;
  • qué procedimiento se utilizará para corregir rutas o valores que no correspondan;
  • y desde qué momento cada operadora deberá aplicar oficialmente las nuevas tarifas.

Esta aclaración será importante porque la resolución dispone controles periódicos para comprobar que las empresas respeten los valores autorizados y contempla la aplicación de sanciones cuando existan cobros superiores. 

Una revisión previa y una comunicación clara permitirían evitar confusiones o desacuerdos entre pasajeros, transportistas y autoridades de control.

El incremento también deberá reflejarse en el servicio

Para los usuarios, el aumento de las tarifas genera una expectativa legítima de mejoras en la prestación del transporte.

El ajuste debería estar acompañado por unidades en condiciones adecuadas, cumplimiento de horarios y frecuencias, conducción segura, respeto a las tarifas preferenciales y mecanismos efectivos para presentar reclamos.

Para los transportistas, contar con una tarifa actualizada puede contribuir a sostener la operación y cubrir parte de sus costos. Para los pasajeros, la aceptación del incremento dependerá también de que se traduzca en un servicio más seguro, eficiente y confiable.

La nueva resolución busca atender la realidad económica de las operadoras, pero su aplicación requerirá información clara, correcciones cuando correspondan y un seguimiento que considere tanto la sostenibilidad del transporte como la capacidad económica de los usuarios.

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